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A local realtor sent along the following information pertaining to the rewritten clause for 2007. Bottom line is for properties over 1.5 millions pesos, the owner needs to have lived 5 consecutive years in the property and show receipts in order to be exempted of the ISR. The actual article (in Spanish) is below, use your favorite translator: [hr]
Fundamento legal: artículo 63 de la LISR
Requisitos para que proceda la exención por la venta de casa habitación
Se establece que la enajenación o venta de la casa habitación del contribuyente, está exenta del impuesto sobre la renta siempre que el precio por la venta no exceda de un $1'500'000.00 (un millón quinientas mil) unidades de inversión y la operación se realice ante Notario o fedatario público. Por el excedente se determinará, en su caso, la ganancia y se calcularán el impuesto anual y el pago provisional tomando las deducciones que corresponda en la parte proporcional que quede gravada. El cálculo y entero del pago provisional se realizará por el Notario o fedatario público.
Esta limitante no se aplicará cuando el enajenante demuestre haber residido en su casa habitación durante los cinco años inmediatos anteriores a la fecha de su enajenación.
Esta exención no se aplicará para la segunda o posteriores enajenaciones de casa habitación efectuadas por un contribuyente durante el mismo año de calendario.
Esta medida tiene por objetivo apoyar a los contribuyentes en la adquisición de un inmueble con la finalidad de habitar en el mismo y evitar un demérito en su ingreso que obtengan por la enajenación de dicho bien, asimismo se evita que algunas personas se aprovechen de esta exención cuando enajenan inmuebles con fines de especulación comercial y no con un ánimo de utilizarlos como vivienda.
Fundamento legal: artículo 109 fracción XV inciso a) de la LISR
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